¿Qué documentos necesitas para la venta de tu casa?
Si queréis encargaros vosotros mismos de la venta de vuestra casa, os vamos a informar sobre la documentación que vais a necesitar antes de ir a firmar la escritura pública de compraventa ante notario. Aunque a veces el proceso de vender una vivienda puede ser una tarea que puede llegar a consumirte, tanto emocionalmente, como organizativamente; vamos a intentar ayudarte y orientarte en cuanto a la recopilación de documentos necesarios, para dichas gestiones inmobiliarias que te van a ocupar.
- El título de propiedad de la vivienda: la escritura de compraventa, de adjudicación de herencia, etc. Es decir, el documento que acredita que sois propietarios.
- La cancelación registral de la hipoteca, si no comprasteis al contado. Muchas personas piensan que basta con pagar la totalidad del préstamo, pero además de eso, habría que ir a un notario y realizar la escritura de cancelación del préstamo, aunque se podría hacer la cancelación registral después de escriturar la compraventa. Para firmar, necesitáis al menos el certificado de deuda pendiente, si aún tenéis hipoteca que amortizar, o certificado de deuda cero, si ya la habéis realizado una amortización total pero no habéis firmado aún la escritura de cancelación del préstamo, ni la habéis llevado al Registro de la Propiedad. Estos dos certificados los emite la entidad bancaria que os concedió la hipoteca. Si tenéis que hacer la cancelación registral de la hipoteca después de la firma, os harán una provisión de fondos, y os devolverán la diferencia, una vez se haya terminado el proceso.
- El certificado que acredite estar al corriente de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I./Contribución). En cuanto a este impuesto, decir que se paga en el Ayuntamiento que corresponda. Lo podéis domiciliar, pagarlo de una vez, o fraccionado. La obligación del pago corresponde a las personas que sean propietarios del inmueble el 1 de enero del año. Es decir, aunque vendáis la vivienda el día 2 de enero, los responsables de pagar el impuesto sois los propietarios a día 1 de enero. No obstante, el Tribunal Supremo establece que el vendedor tiene derecho a repercutir al comprador la parte proporcional, dependiendo del tiempo que ambas partes hayan disfrutado de la casa durante el año de devengo del impuesto.
- Certificado de estar al corriente del pago de las cuotas de la Comunidad de Vecinos. Se lo podéis solicitar a la Administración que gestione vuestra comunidad de vecinos, con el visto bueno del presidente.
- Sería conveniente aportar los estatutos de la comunidad.
- Las últimas facturas de los suministros que tengáis contratados: luz, agua, gas, etc.
- Desde 2013 es obligatorio aportar el Certificado de Eficiencia Energética no sólo en la escritura ante notario de la compraventa. Es obligatorio también para publicar y promocionar el anuncio de la vivienda.
- En alguna comunidad autónoma os pueden solicitar la Cédula de habitabilidad o de primera ocupación.
- También en algunas ciudades es obligatorio presentar la Inspección Técnica de Edificios con expediente cuyo dictamen sea favorable. Comprueba el estado actual de I.T.E. en Madrid si no estáis seguros.
- Tener una valoración profesional ayuda a poner un inmueble a la venta a precio de mercado. Si el valor del anuncio está por encima de mercado, el inmueble permanecerá deambulando en el limbo de los portales inmobiliarios, y en realidad no será un producto interesante para potenciales compradores. Hay quien también cae en el error de publicarlo por debajo del precio de mercado, y no debería haber nadie que venda su patrimonio por debajo del precio de mercado.
Si no sabéis cuál es el precio real de vuestra vivienda, nosotros os diseñamos un Informe de Valoración totalmente personalizado, tomando como referencia los datos de las compraventas inscritas en el Registro de la Propiedad y nuestras propias ventas efectuadas, es decir, conocemos el valor real de mercado. No tomamos referencias de Idealista, ni Fotocasa; porque lo que está publicado sólo son inmuebles que aún no se han vendido, son expectativas, y lo que hay que saber es el precio real en el que se acaban vendiendo los inmuebles.
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