Medidas urgentes del Gobierno para el sector del inmueble
El pasado viernes 14 de diciembre, el Gobierno aprobó una serie de medidas urgentes y modificaciones de ley con el objetivo de favorecer el acceso a la vivienda y el alquiler.
En los últimos años, la situación de muchas personas se ha dificultado debido al gasto que conlleva conseguir un alquiler decente en las grandes ciudades.
El sector inmobiliario se encuentra en pleno auge, y es por ello que, el elevado coste y, por consiguiente, el difícil acceso a la vivienda que este supone.
Por tanto, el Gobierno se ha visto obligado a modificar una serie de leyes, en concreto estas cinco:
- La Ley de Arrendamientos Urbanos
- Ley sobre Propiedad Horizontal
- La Ley de Enjuiciamiento Civil
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
- Y, por último, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Entre las medidas urgentes más importantes aprobadas durante la jornada del día 14, podemos destacar que, el Gobierno:
- Extiende el período de prórroga obligatoria en los contratos de alquiler de 3 años a 5. La medida se amplía incluso a 7 años en caso de que el propietario sea una persona jurídica.
- Fija en un máximo de dos mensualidades de la renta la garantía adicional a la fianza que puede ser exigida al inquilino.
- Estipula que los gastos de agencia inmobiliaria y formalización del contrato de arrendamiento corran a cargo del propietario o arrendador de la vivienda, en caso de tratarse de una persona jurídica.
- Modifica el sistema de desahucio con la finalidad de proteger a las viviendas más indefensas. Se solicitará a los servicios sociales un informe minucioso sobre las condiciones en que quedarán las personas desahuciadas.
- Habilita la posibilidad de que, por mayoría absoluta, la comunidad de vecinos pueda limitar el alquiler turístico de un inmueble.
- Acuerda también la exención del Tributo sobre las Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Esto se dará cuando se suscriban contratos de alquiler de uso permanente.
Esta serie de medidas entran en vigor a partir del día 19 de diciembre de 2018, una vez publicadas en el BOE (Boletín Oficial del Estado).
En definitiva, el cumplimiento de estas medidas urgentes beneficiará tanto a arrendadores como arrendatarios.
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